domingo, 3 de abril de 2011

DERECHO INTERNACIONAL ECONÓMICO 1ª CLASE Y 2ª CLASE

DERECHO INTERNACIONAL ECONÓMICO

El DIE adquiere importancia en un mundo globalizado. Así por ejemplo en el actual caso del terremoto en Japón, las bolsas caen, se afecta la producción económica, la idea de instalar centrales nucleares decaen ante la realidad emergente. [Recordar: responsabilidad internacional, OBJETIVA: actividad lícita que causa daño].

Materias del semestre:

1.-     FUENTES: las mismas, pero más limitadas. El Dº interno puede adquirir más relevancia.
2.-     CONCEPTO de DIE
3.-     CARACTERÍSTICAS del DIE
4.-     4 TEORÍAS principales
5.-     SISTEMA ECONÓMICO INTERNACIONAL. Breton Woods 1944. Crisis previa a la 2ª Guerra y consecuencias de la 2ª Guerra.
6.-     SISTEMAS DE PROTECCIÓN A LA ECONOMÍA
7.-     MERCURIO cuerpo B, primeras cinco páginas

Bibliografía: DIE de Enrique Aimone.

LA ECONOMÍA INTERNACIONAL

La ECONOMÍA INTERNACIONAL es el objeto de la disciplina jurídica que trataremos de fundar y sistematizar y que nosotros denominamos Dº ECONÓMICO INTERNACIONAL. Entendemos la economía en cuanto  presenta por lo menos un elemento internacional, generalmente este consiste en el comercio internacional.

COMERCIO INTERNACIONAL: nos referimos a un intercambio de bienes y servicios que se produce más allá de la frontera nacional.

Los tiempos modernos han agregado formas distintas a aquellas ya tradicionales del comercio como concreción de la economía internacional; así mismo, se han hecho presente relaciones distintas del comercio en cuanto a no presentar carácter oneroso, como ayudas, asistencias, asistencia financiera, técnica, cultural, con una relevancia económica. También se han hecho presentes relaciones no a nivel de comercio de bienes, sino  de establecimiento de empresa. Ej.: contrato de empréstito, concesiones económicas, otorgamiento de patentes, que han ido adquiriendo importancia esencial en su faceta internacional. Por último tmb podemos mencionar brevemente la presencia de un número creciente de organizaciones e instituciones jurídicas, económicas de carácter internacionales. La existencia de una economía internacional ciertamente es un hecho inmemorial explicable por la simple razón de que las fronteras nacionales de los pueblos y estados se han establecido sin ninguna relación con la desigual provisión de recursos materiales en las distintas regiones de cada continente. Sin embargo es en la segunda mitad del siglo XX que la economía internacional ha recibido impulsos inigualados; estos impulsos han llevado en primer lugar a su expansión a la mayoría de las regiones de la tierra. De esta forma, desaparecen las economías segregadas de intercambio con las demás, es decir, aquellas economías conocidas como autosuficientes. Paralelamente a este recién descrito proceso se ha desarrollado aquel otro de la intensificación de la economía en el ámbito internacional. Sostenidamente aumentó el número de los bienes y servicios que van a ser objeto de un comercio internacional. Se integran así no sólo cada vez más productores y consumidores de cada nación al funcionamiento de la economía internacional. Un tercer rasgo en la economía internacional de hoy en día está dado por su proceso de organización, sea en instituciones privadas o estatales. Es esta última característica la que hace tan vívida la presencia en este último término del DIE en el marco de las disciplinas jurídicas. Este proceso de organización se realiza en dos niveles, nivel mundial  y nivel regional y este a su vez presenta facetas de organización en la que se denominan sub regiones.
Resumiendo, el concepto de la economía internacional es la economía en cuanto está presente un elemento internacional.
Las características de la economía internacional son la EXPANSIÓN, la INTENSIFICACIÓN y el PROCESO de ORGANIZACIÓN.
           
La economía internacional vendría siendo el objeto del Dº ECONÓMICO INTERNACIONAL. La importancia de este Hº es que esta economía internacional va a estar regulada hasta en sus más mínimos detalles por el Dº. En esta economía son actores las organizaciones internacionales, las organizaciones supranacionales, los Estados, las empresas y las personas naturales.
Debe analizarse con el máximo de precisión, con el concepto, la denominación, la delimitación, la composición y las fuentes de este Dº. En el fondo ¿Quiénes son los actores?

ESCUELAS DE DIE
Nuestro DIE es sin lugar a dudas un DE y la primera tarea consiste en fijar tal concepto en las principales escuelas de pensamiento actuales en esta materia, y si hablamos de escuelas, existen tres escuelas o corrientes principales de pensamiento: E. ALEMANA, E. BELGA, E. FRANCESA.

ESCUELA ALEMANA: quizá lo principal en esta materia, debemos aclarar que desde los inicios del s XX, se trató de precisar por esta escuela, en la …………… jurídica alemana que era el Dº económico, cuales eran sus rasgos, notas y límites. Fue a principios del siglo pasado, LEHMANN concibió la idea de un derecho económico y lo concibió como un DERECHO DE LA EMPRESA con la tarea de la regulación jurídica de la totalidad de las relaciones  que aquella presentaba, tanto al interior de su propia estructura como en relación ala institucionalidad circundante.
Poco tiempo aparece HEDEMANN, que ve en el Dº económico una rama del Dº sino todo el Dº en cuanto es informado por la tónica de este tiempo, cual era la creciente preocupación por la economía en el mundo. Según Hedemann se trata de un proceso similar a aquel que vivió el Dº en el s XVIII cuando iluminado por la naciente preocupación por la naturaleza vio aflorar numerosas preocupaciones de Dº natural.
Otro autor alemán de apellido GOLDSMITH ve en la organización económica el dato relevante para entender por que aunque haya habido desde siempre economía se hable sólo desde hace tan poco de derecho económico.
Finalmente para RUDOLF HUBER va a ser el Dº económico el Dº especial de las fuerzas presentes en la economía según los principios de la libertad y de la vinculación.
Otros autores alemanes como RINCK ven el Dº económico como un Dº especial de la intervención del Eº en la economía.

ESCUELA BELGA: En la escuela belga van a estar presente autores como  JACQUEMIN y SHRANS; para ellos el Dº económico no es sino el resultado de un método interdisciplinario jurídico y económico establecido para apreciar lo que es el desarrollo real de las relaciones económicas que ofrece el mundo de hoy en día.

ESCUELA FRANCESA: Tiene una especial importancia la obra de LAUVADERE sobre el Dº público económico, el Dº de la economía o el Dº aplicable a la intervención de las personas públicas en la economía y los órganos competentes para estas intervenciones, que pueden ser clasificadas, según un criterio en GLOBALES, SECTORIALES y puntuales; otro criterio, DIRECTAS, INDIRECTAS; un tercer criterio, UNILATERALES, CONVENCIONALES, pudiéndose emplear un último criterio que deriva de NORMAS APLICABLES al sector PRIVADO y al SECTOR PÚBLICO ECONÓMICO.

Finalmente derecho internacional: si de Dº económico entendido como Dº naturales habló desde principios de siglo, sólo desde la postguerra se habla de Dº ECONÓMICO INTERNACIONAL. Se ha hablado desde dos vertientes distintas en relación con esta disciplina, desde el sector público en Alemania, principalmente por GEORG ERLER; desde el sector privado en Gran Bretaña por CLIVE SCHMITTHOFF plantea la situación de una economía desde el sector privado. Sin embargo, terceros autores como LANGUEN plantean la necesaria integración de ambos sectores, privado y público, de forma parcializada para integrar una sola disciplina.